Empleo Público de Estabilización

Oferta de Empleo Público de Estabilización Valencia

Se anuncia Oferta de Empleo Público de Estabilización en la Comunidad Valenciana, te contamos todos los detalles a continuación.

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Con base en la RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2022, la presidenta del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, mediante la cual se da publicidad al Acuerdo del día 17 de mayo de 2022, del Consejo de Dirección, anula la oferta pública de empleo 2018 y 2019 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el año 2022.

Consulta Resolución Oficial para conocer todos los detalles.

Anulación de las ofertas de empleo público 2018 y 2019 Mediante el presente acuerdo se anulan las siguientes resoluciones: Resolución de 14 de marzo de 2019, de la presidenta del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS), mediante la cual se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de la entidad adoptado el día 13 de marzo de 2019, por el que se aprobó la oferta de empleo público para 2018.

Aprobación de Empleo Público de Estabilización

Aprobar la oferta de empleo público de estabilización para el ejercicio 2022, con base en la argumentación que consta en esta resolución, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, relativa a la convocatoria excepcional de estabilización en el empleo temporal de larga duración.

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Contenido de la oferta de empleo

La oferta de empleo público de estabilización que se aprueba está constituida por plazas vacantes y dotadas económicamente en el presupuesto de la Generalitat para el presente ejercicio.

El total de la oferta de empleo público de estabilización asciende a 438 plazas de naturaleza laboral distribuidas de la siguiente forma:

433 plazas que corresponden a la tasa de estabilización en la D.A. 6ª y D.A 8ª de la Ley 20/2021, es decir, plazas de naturaleza estructural, dotadas presupuestariamente, que hayan estado ocupadas de manera temporal e ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 y plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de manera temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016. (Anexo I).

5 plazas que corresponden a la tasa que se dispone en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021 correspondiente a plazas de naturaleza estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de manera temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 (Anexo II).

Convocatorias y plazo de desarrollo de la oferta

La convocatoria para el proceso extraordinario conducente a la estabilización de empleo temporal de larga duración, deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022 y la resolución de la misma deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.